Introducción
Las subvenciones a la vivienda normalmente se suelen conceder dependiendo del nivel de ingresos que tengamos o bien en determinadas situaciones especiales: para jóvenes, personas mayores.. Eso sí, siempre cumpliendo determinados requisitos.
Aunque es el Ministerio de Fomento (www.mfom.es) el que desde el nuevo Plan de Vivienda 2002-2005 establece un sistema de financiación para adquirir o rehabilitar viviendas, cada Comunidad Autónoma es la que concede las ayudas y subvenciones ya que verían sus condiciones y requisitos.
Subvenciones a la compra
Nosotros hemos querido poner como ejemplo algunas ayudas.
Ayudas a la adquisición de viviendas construidas, nuevas o de segunda mano. Deben tener una antigüedad mínima de dos años, sin que hayan pasado 2 meses desde la fecha de escrituración de la compra-venta.
Se trata de un préstamo pactado con entidades financieras a un tipo de interés del 5,38% con la condición de que la hipoteca no sea mayor del 80% del valor de la vivienda durante 20 años. Como requisito, los ingresos anuales de la unidad familiar no podrán superar los 30.000 euros. Existe una subvención del 5% o del 10% sobre la cuota de recibo del préstamo durante 5 o 10 años según ingresos y superficie de la vivienda.
Además se podrá acceder a una subvención del 5% de la vivienda a fondo perdido para aquellas unidades familiares con ingresos inferiores a 15.000 euros.
Cheques vivienda o ayuda a la compra de la primera vivienda. Son ayudas económicas para la adquisición de vivienda libre nueva o usada, o vivienda protegida en segunda o posteriores transmisiones. La subvención será del 4% del precio de la vivienda para personas con ingresos familiares inferiores a 3,5 veces el S.M.I. En el caso de que los ingresos familiares no excedan de 2,5 veces el S.M.I. las subvenciones serán del 5%.
Requisitos:
- Que el precio de la vivienda no supere los 120.202,42 euros para vivienda libre, nueva o usada. Habrá que presentar el certificado de tasación hipotecaria.
- Que se trate de primer acceso a vivienda en propiedad.
- Que no tengan viviendas en propiedad, libre o protegida, o que teniéndola, no se tenga derecho de uso o disfrute de la misma.
- En el caso de vivienda nueva y libre, para obtener las ayudas es necesario presentar una copia simple de la escritura de compra o adjudicación en un plazo máximo de 2 meses desde la firma ante notario.
- En el caso de vivienda libre usada o protegida en segundas o posteriores transmisiones es necesario presentar un documento de transmisión de la propiedad en un plazo máximo de 2 meses desde la firma.
En caso de recibir la subvención no se puede transmitir la vivienda ni ceder su uso o disfrute por un plazo inferior a 5 años desde su concesión salvo autorización de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, en cuyo caso se deberían reintegrar las subvenciones recibidas y los intereses legales desde el momento de su percepción.
Subvenciones a la compra
Nosotros hemos querido poner como ejemplo algunas ayudas.
Ayudas a la adquisición de viviendas construidas, nuevas o de segunda mano. Deben tener una antigüedad mínima de dos años, sin que hayan pasado 2 meses desde la fecha de escrituración de la compra-venta.
Se trata de un préstamo pactado con entidades financieras a un tipo de interés del 5,38% con la condición de que la hipoteca no sea mayor del 80% del valor de la vivienda durante 20 años. Como requisito, los ingresos anuales de la unidad familiar no podrán superar los 30.000 euros. Existe una subvención del 5% o del 10% sobre la cuota de recibo del préstamo durante 5 o 10 años según ingresos y superficie de la vivienda.
Además se podrá acceder a una subvención del 5% de la vivienda a fondo perdido para aquellas unidades familiares con ingresos inferiores a 15.000 euros.
Cheques vivienda o ayuda a la compra de la primera vivienda. Son ayudas económicas para la adquisición de vivienda libre nueva o usada, o vivienda protegida en segunda o posteriores transmisiones. La subvención será del 4% del precio de la vivienda para personas con ingresos familiares inferiores a 3,5 veces el S.M.I. En el caso de que los ingresos familiares no excedan de 2,5 veces el S.M.I. las subvenciones serán del 5%.
Requisitos:
- Que el precio de la vivienda no supere los 120.202,42 euros para vivienda libre, nueva o usada. Habrá que presentar el certificado de tasación hipotecaria.
- Que se trate de primer acceso a vivienda.